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Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana

El gobierno ha dejado de apostar por la rehabilitación sólo de palabra y parece que pasa a la acción.

Por fin en el Consejo de Ministros del pasado viernes 05 de abril, se aprobó el proyecto de Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y el Plan Estatal de Vivienda 2013 – 2016encontrándonos a la espera de supublicación en el BOE.

Pretende ser un instrumento dinamizador del mercado dentro de un sector que ha perdido más de 2.000.000 de puestos de trabajo, así como fomentar la rehabilitación, ya que en España de los 26 millones de viviendas, 15 millones tienen más de 30 años y 6 millones más de medio siglo, encontrándonos con esta actividad rehabilitadora muy por debajo de la media europea. Otro dato es que cerca del 60% de las viviendas españolas se construyeron sin ninguna normativa mínima de eficiencia energética (la primera es de 1979), lo que sitúa a España en una posición difícil de cara al cumplimiento de los compromisos con Europa (Estrategia Europea 2020)

Esta norma tiene carácter de legislación básica, por lo que para que se alcancen los objetivos es necesario que comunidades y ayuntamientos la desarrollen adecuadamente, siendo este uno de los obstáculos ya que por todos es conocido el mal funcionamiento de las ITE, que aparte de ser insuficientes no se aplica en todas las CCAA ni se exige en todos los municipios españoles.

En este ámbito, el Gobierno invertirá 2.421 millones de euros a ayudas al alquiler, la rehabilitación y la regeneración urbana. De éstos, 1.500 millones se destinarán a facilitar el acceso a la vivienda y otros 627 millones a la rehabilitación y eficiencia energética.

Novedades de la ley

Entre las novedades más relevantes que forman parte del nuevo texto legal están las siguientes:

1ª.- La configuración del deber de conservación como uno de los deberes fundamentales relacionados con el medio urbano.

2ª.- La regulación básica de un Informe de Evaluación de los Edificios (IEE), que trata de superar las insuficiencias de la Inspección Técnica de Edificios (ITE), demanda por el Estado a partir del Real Decreto-ley 8/2011.

Este informe, además de evaluar el estado de conservación de los edificios, aportará información acerca del grado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de accesibilidad, e incluirá la Certificación de la Eficiencia Energética. Esta última, con un mero carácter informativo, y con independencia de que alguna de las viviendas del edificio vaya a ser puesta en venta o en alquiler. El informe sólo se exigirá a los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que tengan más de 50 años y siempre que no hayan pasado ya la ITE de conformidad con su propia regulación.

3ª.- Se amplían las facultades reconocidas a las comunidades de vecinos, agrupaciones de propietarios y cooperativas, para actuar en el mercado inmobiliario con plena capacidad jurídica para todas las operaciones, incluidas las crediticias, relacionadas con las operaciones de rehabilitación.

4ª.- Se establecen mecanismos que permitirán obtener financiación externa para que la rehabilitación sea más accesible.

5ª.- Se modifican determinados regímenes de unanimidad o mayorías establecidos por la Ley de Propiedad Horizontal.

PDF Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana

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